

Accidente de Trabajo – Responsabilidades ante B.S.E.
ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.
Recordamos a todos nuestros clientes, que el seguro de accidente de trabajo es obligatorio en nuestro país, siendo un requisito importante a la hora de estar al día con sus obligaciones como empresa.
En tal sentido, solicitamos que si su situación no se encuentra al día, no sea comunicado de inmediato.
Adjuntamos información relacionada:
- Este seguro está regido por la Ley 16.074 del 10 de octubre de 1989 y es de carácter obligatorio para todo patrono que tenga personal dependiente a su cargo.
- En el Art. 1º Ley 16.074 establece: "Declárase obligatorio el seguro sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales previsto en la presente ley."
- El Banco de Seguros del Estado tiene el Monopolio del seguro y es el responsable de administrar y hacer cumplir la presente ley en todos sus términos.
- Están obligados a contratar un seguro de Accidente del Trabajo:
- Aportación Industria y Comercio
- Aportación Caja Bancaria
- Aportación Caja Profesional
- Aportación Caja Civil
- Aportación Rural – Empresas Forestales de Tala de Montes
Las empresas con los tipos de aportación que a continuación se detallan están amparados por el aporte unificado al BPS. - Servicio Doméstico
- Sector Rural
- Sector Construcción
Contratación del Seguro:
Este seguro se contrata exclusivamente con el BSE.
La solicitud o inscripción del seguro se realiza mediante los formularios de Solicitud de Seguro que pueden ser descargados desde la web y presentados en cualquier Sucursales y/o Agencias del BSE que se encuentran en los departamentos de todo el país, como así dirigirse con un corredor de seguro.
Si la solicitud se encuentra completada debidamente y en condiciones de ser aceptada por el Banco, el seguro entrará en vigencia a partir de la 0 hs. del día siguiente a la fecha de presentación en el BSE, Sucursales o Agencias.
Como fue mencionado, dicho trámite se puede hacer personalmente o a través de un intermediario (corredor de seguros). La inclusión de un intermediario no incrementa el costo.
Cualquier modificación de las condiciones que figuren en la solicitud deberá ser presentada por escrito y firmados por el asegurado. Es obligación de éste comunicar las modificaciones inmediatamente de producidas a los efectos de mantener el seguro en óptimas condiciones de cobertura.
Por: Cra. Virginia Rodriguez